NOTIFICACIONES EN PCIA. DE BS. AS.
NOTIFICACIONES ELECTRÓNICAS Y FIRMA DIGITAL EN LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
Que, conforme los términos de la ley 14.142 de la Provincia de Buenos Aires, los Acuerdos 3540 y 3733 de la Suprema Corte de la Provincia de Buenos Aires, y las Resoluciones 3272/15, 582/16 y especialmente la Resolución 707/16 (emitida el 27/4/2016 a raíz de la presentación efectuada por el Colegio de Abogados de la Provincia de Buenos Aires), el sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas en la Provincia de Buenos Aires entrará en vigor el 1º de mayo de 2016 pero estará en vigencia, conjuntamente con el anterior sistema de notificación en formato papel, hasta el 1 de agosto de 2016.
Que este nuevo sistema aplicará en los fueros Civil y Comercial, de Familia, Laboral, Contencioso Administrativo, de Paz, Penal y Responsabilidad Penal Juvenil de la Provincia de Buenos Aires.
Que, por tal sistema, las partes y profesionales deberán constituir, en su primera presentación en juicio o en audiencia convocada por el juez a tales efectos, domicilio electrónico en el casillero virtual que le será asignado en la base de datos del sitio WEB de notificaciones, contando con certificado de firma digital que avalará la autenticidad e intangibilidad de la operatoria.
La falta de constitución de domicilio electrónico causará la notificación en los estrados del Juzgados (art. 40 y 41 CPCC de la Provincia de Buenos Aires) para todas aquellas notificaciones que no requieran soporte papel y la intervención del Oficial Notificador.
Hasta junio de 2016 el sistema mostraba varias complicaciones, especialmente en la habilitación del Token, muchas de las cuales fueron siendo subsanadas. Esperemos que este sistema también mejore la administración de Justicia en la Pcia. de Bs.As.